Estimados miembros de
la comunidad universitaria:
En
relación a la información errónea publicada ayer en ciertos medios sobre la
adjudicación directa de derechos de edificabilidad de la UPM a la Fundación
Jiménez Díaz, quiero manifestar que esta actuación se ha llevado a cabo de
forma transparente y cumpliendo estrictamente los requisitos legales exigidos.
Así, el
Consejo de Gobierno de la UPM de 29 de enero de 2015 aprobó la desafectación y
autorización de enajenación de 12.000 metros cuadrados de edificabilidad
disponibles, con sujeción a lo dispuesto en la legislación sobre Patrimonio,
condicionada dicha enajenación a la autorización del Consejo Social. En dicho
Consejo de Gobierno se facultó al Rector a realizar
“cuantas actuaciones sean necesarias para el buen término de la operación antes
descrita”. Tal y como informé al Consejo de Gobierno, esta actuación se debía
al interés de una entidad ubicada en la Ciudad Universitaria por adquirir
derechos de edificabilidad que al parecer pertenecían a la UPM.
El Pleno
del Consejo Social de la UPM adoptó, en la sesión celebrada el día 12 de
febrero de 2015, el siguiente acuerdo: “Autorizar la enajenación sobre la
desafectación que realizó el Consejo de Gobierno el día 29 de enero de 2015, de
los derechos de 12.000 metros cuadrados de edificabilidad disponibles en la
parcela ubicada dentro del ámbito de la Ficha de Desarrollo y Ordenación
Específica DOE 067/15, con sujeción a lo dispuesto en la legislación sobre
Patrimonio. Se faculta al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de
Madrid para que pueda realizar cuantas actuaciones sean necesarias para el
buen término de la operación antes descrita. Del resultado final de la
operación se informará oportunamente al Consejo Social”.
Sobre esta
base, la Universidad solicitó a la Abogacía del Estado un informe acerca de “la
posibilidad de transferir la edificabilidad asignada a la UPM en la parcela DOE
067/15 del Plan Especial de la Ciudad Universitaria a la Fundación Jiménez Díaz
mediante adjudicación directa”. Esta petición se basaba en que la Fundación se
había dirigido a la Universidad ante la urgente necesidad de contar con
edificabilidad suficiente para legalizar el edificio destinado a Hospital
Universitario.
Con fecha 3
de marzo de 2015, la Subdirección General de los Servicios Consultivos de la
Abogacía del Estado dio su conformidad al proyecto de informe, cuya conclusión
tercera es que “concurren las circunstancias excepcionales a las que hace
referencia el artículo 50 de la Ley 3/2001 para la posibilidad de enajenación
directa habida cuenta de los fines de la Fundación y de la obligación que tiene
la misma de contar con un Plan de Autoprotección de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 2/1985 de Protección Civil y en el Real Decreto 393/2007,
de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los
centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar
origen a situaciones de emergencia. Asimismo, se estima justificado el interés
patrimonial de la UPM en la enajenación de la edificabilidad que se le ha
adjudicado”. En la conclusión cuarta se establece que “la enajenación deberá
realizarse previa autorización del Consejo de Gobierno y del Consejo Social de
la UPM por el Sr. Rector Magnífico, de conformidad con los Estatutos de la
UPM”.
Las
conclusiones se basan en una completa argumentación, en la que destacan las
siguientes afirmaciones: “Concurren, por tanto, razones de excepcionalidad para
la adjudicación directa de la transferencia de la edificabilidad que permita la
legalización del edificio destinado a Hospital Universitario por las siguientes
razones: se trata de un Equipamiento Público de carácter singular en su
categoría de Salud que es considerado como un Sistema General, que forma parte
de la Red Pública integral del equipamiento existente y, por tanto, ofrece un
servicio esencial al municipio de Madrid.”.
En la
sesión del Consejo de Gobierno celebrada el día 30 de abril de 2015, este
órgano ratificó los acuerdos adoptados en su sesión de 29 de enero de 2015, e
informé a los señores consejeros de que la entidad interesada era la Fundación
Jiménez Díaz, por las razones indicadas anteriormente. Informé, asimismo, de
que una empresa especializada había tasado el importe de la cesión de 12.000
metros cuadrados de edificabilidad en 6.375.000 euros, cantidad que
contribuiría a aliviar la delicada situación económica que atraviesa la
universidad.
Lamento
que, una vez más, algunos medios hayan tergiversado los hechos, dañando la
imagen de la universidad, por lo que la UPM se reserva los derechos de
actuación jurídica contra los responsables.
Recibe un
cordial saludo,
Carlos Conde
Rector de
la Universidad Politécnica de Madrid